7 requisitos a la hora de montar una correduría de seguros

Uno de los sectores más avanzados en nuestro tiempo es el de los seguros. Es por ello muy importante conocer todos los requisitos exigidos para poder montar una correduría de seguros. A lo largo de este post expondremos siete requisitos imprescindibles para poder ejercer esta actividad.

Requisitos para montar una correduría de seguros

En primer lugar, es necesario conocer qué es un corredor de seguros. Pues bien, un corredor de seguros es un profesional que ejerce de intermediario entre su cliente y una entidad aseguradora, si bien, este profesional en cuestión no tiene previamente firmado un contrato con ninguna entidad aseguradora, por lo que su actividad será completamente imparcial, poniendo a disposición del cliente el producto que mejor se adecúe a sus necesidades.

Contar con las habilidades directivas y gerenciales

En primer lugar, es necesario mencionar que desarrollar una correduría supone emprender un negocio, y es imprescindible contar con habilidades directivas y gerenciales para que el proyecto salga adelante. Es por ello importante tener una buena formación, incluso experiencia, para conseguir un proyecto sólido, así como cumplir el resto de los requisitos exigidos por la Ley.

Obtención del título de corredor de seguros

Para poder ejercer la actividad como corredor de seguros, en primer lugar, es imprescindible contar con el título de corredor de seguros.

Este título se obtendrá mediante la realización de un examen de mediador de seguros del grupo A. Se trata de un examen tipo test con diversa cantidad de preguntas con el que se pretende acreditar que la persona en cuestión cuenta con los conocimientos necesarios para poder ejercer la actividad.

El curso para poder hacer el examen consta de 500 horas y se regula en el Centro de Estudios del Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros.

Presentar un expediente de tu proyecto

Es necesario, una vez que se cuente con el título, presentar ante el Organismo Supervisor que corresponda el expediente del proyecto, siendo los propios miembros de la entidad quienes decidan si aprobarlo o no.

El expediente deberá venir acompañado de la siguiente documentación:

  • Cartas de compromiso, es decir, cartas de las entidades aseguradoras aprobando el proyecto.
  • Reglamentos de procedimiento que deberá cada uno redactar.
  • Póliza de responsabilidad civil obligatoria.
  • Establecer un plan de negocio o también denominado plan de actividad, donde se reflejará el proyecto en sí. Justificando en él la viabilidad del mismo, así como la actividad perfectamente detallada que se quiera llevar a cabo.

Adoptar la forma jurídica que se establezca en la Ley

La Ley 26/2006 de Mediación de Seguros, en su artículo 27 establece que para poder crear una correduría de seguros deberá tener la forma jurídica de sociedad mercantil o cooperativa.

En el caso en que se opte por la opción de sociedades por acciones, estas deberán ser nominativas.

Se deberá establecer, asimismo, el objeto social de la correduría en los estatutos de la sociedad, que tiende a ser la actividad que se pretende llevar a cabo. En los estatutos se deberá, asimismo, colocar el Código CNAE, que, en este caso, es el 6622.

Inscribirse en el Registro Mercantil

Las corredurías de seguro deberán estar inscritas en el Registro Mercantil antes de realizar la solicitud de autorización, que no es más que la presentación del expediente antes mencionado.

En su denominación social deberá aparecer “correduría de seguros” al final del nombre elegido por la propia sociedad.

Establecer el órgano de dirección, de administración y la dirección técnica

Según establece la Ley, en el caso del órgano de administración, la mitad de los miembros del mismo deberán contar con experiencia en alguna correduría de seguros o como empresario de forma individual.

El órgano de dirección es requisito indispensable para una correduría y al menos la mitad de los miembros que lo conformen deberán contar con el título de Mediador de Seguros Grupo A.

También se exige que exista un director técnico que cuente con el título de Mediador de Seguros Grupo A.

Solicitar la inscripción como corredor de seguros

Deberás presentar la solicitud de inscripción como corredor de seguros ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. En el caso de que no exista contestación a la misma una vez transcurridos tres meses desde su presentación, se entenderá aprobado y formalizada; en cuyo caso ya podrás montar una correduría de seguros.

La presentación de la solicitud se podrá hacer tanto en papel como a través de internet a través de la Sede Electrónica la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y, para ello, será necesario contar con el certificado digital personal o bien, la firma digital, de lo contrario, lo mejor será hacer de forma presencial en la propia oficina mediante papel.

Montar una franquicia de una correduría de seguros es una opción muy demandada hoy en día, si bien, es necesario conocer cuáles son los requisitos que se exigen para poder llevar a cabo esta actividad. Aquí mostramos siete de los mismos necesario para poder embarcarnos en un proyecto de esta magnitud.