¿Cómo desgravar un seguro médico en nuestra declaración de la renta?

¿Sabes cómo desgravar el seguro médico en la declaración de la renta? Las diferencias entre particulares, empleados y autónomos.

La contratación del seguro médico sigue creciendo

Los seguros médicos han ido ganando protagonismo como opción para complementar el sistema nacional de salud con una cobertura privada de calidad. Como resultado, ya encadenan una década de crecimiento sostenido y en 2020 han acumulado 12,8 millones de asegurados, según Unespa. Sin embargo, esas pólizas también representan un coste añadido para los asegurados, de manera que es conveniente que conozcan las condiciones para desgravar el seguro médico.

La fiscalidad de los seguros médicos en España

En España, la fiscalidad de los seguros se encuentra muy regulada, de manera que muchas pólizas no se pueden desgravar a título personal. El seguro médico no es la excepción. Las personas que contraten un seguro de salud como particulares no podrán obtener ningún beneficio fiscal. No tienen deducción o bonificación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). No obstante, siempre es conveniente comprobar la normativa que se aplica en la Comunidad Autónoma pues quizá se apliquen ciertas bonificaciones o deducciones.

El tratamiento fiscal cambia para las personas que disfrutan de un seguro médico colectivo proporcionado por la empresa donde trabajan. De hecho, se trata de una de las ventajas laborales más populares y una herramienta de negociación salarial eficaz. Cuando el empleado recibe un seguro de salud como parte de su salario, la prima de la póliza no se considera retribución en especie, por lo que no tendrá que tributar por esa parte de su sueldo, lo cual representa un ahorro fiscal.

Si toda la familia se beneficia del mismo seguro de salud colectivo que ofrece la empresa, la exención fiscal para trabajadores se amplía y aplica tanto para la cuota satisfecha por la empresa como para las de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él y no tengan ingresos. En ese caso, la bonificación fiscal del seguro médico tiene un límite de 500 euros por persona y año.

Si el empleado supera la cantidad prevista sumando las primas de su familia, quedan exentos de gravamen los primeros 500 euros y el resto tributa como rendimiento del trabajo en especie. Básicamente, esa cantidad no se suma como rendimiento del trabajo ni está sujeta a impuestos, lo que supone una ventaja fiscal en el resultado final de la declaración de IRPF. 

Autónomos: ¿desgravar el seguro médico es posible?

Los profesionales o trabajadores autónomos pueden desgravar el seguro médico ya que se considera un gasto deducible. La ley de IRPF recoge esta bonificación indicando que “las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él. El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente o de 1 500 euros por cada una de ellas con discapacidad”.

Para desgravar el seguro médico, el autónomo debe estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en la modalidad de estimación directa. Dicha bonificación se aplica sobre la base imponible, de manera que se reduce el capital sobre el que se calcula la carga fiscal, abriendo la puerta a la posibilidad de aplicar tipos impositivos más bajos. El autónomo podrá desgravar el seguro médico en la declaración de IRPF en un solo pago o mediante varios fraccionados, a través del modelo 130.

¿Por qué se debería aplicar una fiscalidad de seguros más conveniente?

Hace poco, Insurance Europe, la Federación Europea de Seguros y Reaseguros, trasladó a la Comisión Europea su preocupación sobre el acceso de los ciudadanos a cuidados de salud a largo plazo, asequibles y de calidad, sobre todo teniendo en cuenta el creciente envejecimiento poblacional.

En ese contexto, se refirió a la necesidad de aplicar incentivos fiscales que contribuyan a que los seguros médicos sigan siendo asequibles y atractivos. En España, por ejemplo, no se aplica IVA a los seguros, pero están sujetos a otros tributos y recargos, como el Impuesto de Primas de Seguro (IPS), un gravamen de naturaleza indirecta que grava las primas de seguros y acaba de pasar del 6 al 8%. Aunque los seguros médicos no están sujetos al IPS, quedan particularmente expuestos a cambios como la subida del IVA sanitario, que aumentaría los costes de estos servicios para las aseguradoras, las cuales se verían obligadas a trasladarlos a los clientes.

Una fiscalidad de seguros más conveniente podría animar a un mayor número de personas a contratar servicios enfocados en la prevención y los cuidados de salud, áreas en las que las aseguradoras tienen una gran experiencia y que son vitales para mantener los costes de atención médica asequibles.

Sin embargo, mientras no cambie la ley, la posibilidad de desgravar el seguro médico del IRPF no está al alcance de todos los contribuyentes. Por el momento, se mantiene como una ventaja fiscal reservada fundamentalmente para el tejido empresarial que pueden aprovechar los trabajadores autónomos y asalariados.