Conoce el convenio colectivo de la mediación de seguros

El 20 de julio de 2023 se firmó el Convenio Colectivo 2023-2026 de Mediación de Seguros de Privados, tras una reunión que se prolongó durante horas. El 15 de Noviembre de 2023 se publicó la resolución en el BOE. Como sucediese con el acuerdo anterior, las negociaciones de dicho Convenio Colectivo se iniciaron con antelación a la fecha de su firma, pero esta se pospuso para poder abordar algunas cuestiones que no se encontraban bien detalladas.

Precedente: Convenio Colectivo de la Mediación de Seguros 2019-2022

El 27 de noviembre de 2019 se firmó el Convenio Colectivo de la Mediación de Seguros, aunque este tuvo carácter retroactivo desde el 1 de enero. En él, se registraron las tablas salariales desde 2019 al 2022.

En dicho Convenio Colectivo de la Mediación de Seguros se establecieron una serie de puntos, entre los que destacaban:

  • La vigencia de dicho Convenio por cuatro años: desde el día 1 de enero del 2019, hasta el día 31 de diciembre del 2022.
  • Los salarios de los mediadores de seguros no podrían estar, en ningún caso, por debajo de los 14.000 euros anuales, debiéndose dar un incremento fijo del mismo del 1,75% sucesivamente cada año. Para conseguir dicho aumento, fue necesario actualizar tanto el PAE, como el CPR y Plus funcional.
  • Jornada laboral de 1728 horas anuales, con una reducción de 8 horas anuales respecto al anterior Convenio.
  • Periodo de vacaciones de cada trabajador de un día más al año con respecto al Convenio anterior (24 días de vacaciones al año).
  • Comisión de previsión social cuyo objetivo será negociar la aportación definitiva para quienes se hubieran jubilado dentro del sector de mediación de seguros.
  • Registro digital de las jornadas de trabajo.
  • Posibilidad de incorporar el teletrabajo a las vidas de los mediadores de seguros, como consecuencia del aumento de la digitalización que se está produciendo en el sector seguros y, sobre todo, desde la llegada de la pandemia.

Convenio Colectivo de la Mediación de Seguros Privados (2023-2026)

En un comunicado emitido el 21 de julio de 2023, CC. OO. exponía los puntos más importantes recogidos en el Convenio Colectivo 2023-2026 de Mediación de Seguros. 

Al igual que sucedía en el Convenio anterior, la vigencia de este también será de 4 años completos, desde 2023 hasta 2026. Durante ese periodo, se aplicarán los siguientes cambios introducidos.

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Reducción de jornada laboral y aumento de vacaciones

Una de las principales modificaciones es la que tiene que ver con la jornada laboral. Esta queda establecida en 1.720 horas anuales, suponiendo 8 horas menos que el anterior Convenio.

Esto, a su vez, supone la ampliación de 1 día más de vacaciones, pasando de 24 a 25 días anuales.

En este aspecto, se dará 1 día más de vacaciones a las personas que cumplan 20 años de antigüedad en la empresa y 1 día más a los que tengan 30 años de antigüedad en la misma.

Incremento salarial

Se produce una subida salarial respecto al Convenio precedente. Dicha subida, se ejecutará de la siguiente manera:

  • Para 2023, un 4%.
  • En 2024, un 3%.
  • Para 2025, también un 3%.
  • En 2026 se establecerá una subida de la tabla salarial del 1,25%, además de un 1,50% anual que irá destinado al mencionado Plan de Aportación Definida, que sustituirá al Premio de Jubilación. Las compañías tendrán que aportar al año ese porcentaje sobre el salario base del año anterior, de la misma manera que consta cuantificado en la tabla salarial del Convenio Colectivo bajo el epígrafe “cómputo anual x 14”.

Adicionalmente, queda mantenida la tabla de Incremento Salarial Variable para cada año de vigencia del convenio.

Además, se adecúa el Salario Mínimo Interprofesional, incorporándolo como salario del Subgrupo VI Nivel 9. Esto hace que el mismo pase de 12.600 euros/año a 15.120 euros/año.

A los cambios salariales hay que sumarle los incrementos por comidas y transporte.

Dietas y locomoción

El incremento de compensación por comida pasa de 11 euros a 13 euros durante la vigencia del Convenio Colectivo.

Además, los gastos por locomoción serán de 0,365 euros por km en 2023 y 2024, 0,375 €/km en 2025 y 0,38 €/km en 2026.

Ultraactividad

Otra de las novedades de este nuevo Convenio Colectivo de Mediadores de Seguros es que se recupera la ultraactividad, la cual se había perdido con la Reforma Laboral de 2012.

Como aclaración, la ultraactividad es aquel periodo de prórroga automática que se estipula en los convenios colectivos, mientras se está negociando un nuevo convenio.

Regulación del teletrabajo

En este convenio para mediadores de seguros hasta 2026, queda regulado el teletrabajo conforme a lo que dicta la normativa de trabajo a distancia, Ley 10/2021.

Además, también queda establecida una compensación de gastos de 1 euro por día efectivo de teletrabajo. Esta compensación podrá revalorizarse cada año en el mismo porcentaje que las tablas salariales.

Inclusión de nuevos artículos sobre derechos

Dentro del Convenio Colectivo 2023-2026 de Mediación de Seguros, se incorporan artículos nuevos sobre Derechos Digitales (intimidad y uso de los dispositivos digitales) y el Derecho a la Desconexión Digital.

Además, también se añaden menciones a la transformación digital, la utilización de la inteligencia artificial dentro de las relaciones laborales y el derecho a la intimidad frente al empleo de dispositivos de videovigilancia, grabación de sonidos y geolocalización.

Mejoras en políticas y protocolos de protección

El Capítulo de Política de Igualdad se ha visto mejorado, incluyendo artículos nuevos, como son:

  • Protocolo de prevención y actuación contra el acoso sexual y por razón de sexo. Este se ha separado del Protocolo contra el acoso laboral o mobbing, pasando este al apartado de Salud Laboral.
  • Registro retributivo.
  • Artículo destinado a la protección a las víctimas de violencia de género y violencia sexual, el cual incluye mejoras sobre la legislación ya existente.
  • Inclusión de las conductas discriminatorias estipuladas en la normativa vigente como faltas muy graves.

Clasificación profesional

En el Convenio Colectivo de Mediadores de Seguros para el periodo 2023-2026 se agrega un compromiso por las partes para el estudio y adaptación de la clasificación profesional, mientras dure dicho convenio.

Observaciones a los nuevos permisos que se incluyen en el Estatuto de los Trabajadores

Estas referencias mantienen las mejoras del convenio y añaden la inclusión de ciertos permisos:

  • Permiso para la ejecución de exámenes perinatales y cursos de preparación al parto para las trabajadoras embarazadas y para el acompañamiento a la pareja gestante.
  • Ampliación del permiso para acudir a consulta médica como acompañante de familiares dependientes, y no solo para acompañar a hijos/as menores de edad.

Previsión social complementaria

En la actualización del convenio colectivo, se añaden varias consideraciones vinculadas a la jubilación.

Por un lado, la consolidación del Premio de Jubilación con el número de pagas devengadas hasta el 31 de diciembre de 2025. Se incluye la parte proporcional.

Por otro lado, se pondrá en marcha el 1 de enero de 2026 el Seguro de Aportación Definida. Este supone una aportación al año del 1,5% del salario base anual, para sustituir al mencionado Premio de Jubilación

Tablas salariales del convenio seguros y reaseguros 2024

Las tablas salariales del convenio seguros y reaseguros 2024 fueron suscritas con fecha 1 de enero de 2024, por la Comisión Paritaria del Convenio, integrada de una parte por las asociaciones empresariales UNESPA, AMAT y CEM, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC. OO.-Servicios y UGT, como representantes de los trabajadores afectados.

En la Resolución publicada en el BOE se especifica, respecto al incremento salarial inicial de 2023, conforme al artículo 44.1 del convenio colectivo, que se procede aplicar un incremento salarial inicial del 0,8%, con efecto 1 de enero de 2024, sobre las tablas salariales definitivas de 2023.

Además de lo expuesto, otro aspecto a destacar de estas tablas salariales es lo referente a la aplicación de la revisión prevista en el convenio colectivo para el resto de los conceptos económicos que se vinculan a:

  • El IPC.
  • La evolución del coste de los carburantes.
  • El índice de hoteles del ejercicio 2023.
  • Índice de restauración.

En relación con esto y en aplicación a las previsiones descritas en el artículo 46 del citado Convenio, se aprobaron en el documento oficial los importantes siguientes, para tales conceptos, tomando efecto desde el 1 de enero de 2023:

  • Media dieta: 22,28 euros.
  • Dieta completa: 123,86 euros.
  • Precio del kilómetro: 0,50 euros.

6 comentarios en «Conoce el convenio colectivo de la mediación de seguros»

  1. Se tiene que publicar en el boe para su entrada en vigor?
    Pero no se ha publicado y se suele publicar a los 15 días

  2. Hola, el convenio de mediadores de seguros según estoy viendo ha sido firmado, si bien, no soy capaz de encontrar la publicación de la Resolución que le da carácter legal al nuevo convenio firmado para poder reclamar a mi Empresa que me ajusten los salarios al nuevo convenio.
    Me pueden decir, si está públicada la Resolución y donde puedo hacerme con ella, me la pueden remitir Uds.
    Gracias de antemano . Saludos,

    • Buenso días. Ha tardado en publicarse en el BOE, pero la resolución fe publicada ayer. como hemos actualizado en el artículo. Un saludo.

    • Justo ayer fue publicada la resolución, como puede ver en la actualziación del post

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