Cada riesgo potencial que pueda sufrir una persona, bien u organización es susceptible de ser asegurado. Aunque los seguros personales como los de vida o salud son los más conocidos, también existen pólizas que cubren la prestación de servicios, así como seguros de daños o patrimoniales. De hecho, los seguros patrimoniales son unos de los más extendidos en España, fundamentalmente gracias a su modalidad multirriesgo. Como resultado, en los últimos 20 años este tipo de seguro ha más que doblado el valor de sus servicios e indemnizaciones, convirtiéndose en uno de los más demandados por particulares, comercios e industrias, según Unespa.
Índice
¿Qué son los seguros patrimoniales?
Los seguros patrimoniales son aquellos que cubren los daños o perjuicios que puedan sufrir los bienes del asegurado, por lo que incluyen tantos los objetos físicos como el capital financiero. Se pueden catalogar en dos grandes grupos: aquellos que aseguran los bienes y los que cubren las reclamaciones de terceros por daños que haya causado el asegurado.
Tipos de seguros patrimoniales
Aquí te enumeramos los principales tipos de seguros patrimoniales.
Seguros para vehículos
Es el seguro patrimonial más común en España, puesto que tiene carácter obligatorio. Su objeto principal es reparar o indemnizar los daños accidentales que se produzcan como consecuencia de la circulación de los vehículos a motor.
Seguro multirriesgo
Estos seguros, que pueden cubrir el hogar, la comunidad de propietarios o los comercios y la industria, recopilan en una póliza diferentes riesgos que pueden afectar el continente y el contenido.
Seguro de responsabilidad civil
El seguro de responsabilidad civil está dirigido a indemnizar los daños materiales que pueda causar el asegurado a otra persona, ya sea en su vida privada o en el ejercicio de su actividad profesional. También incluye las fianzas y costas judiciales por reclamaciones de terceros debido a un motivo previsto en la cobertura.
Tipos de coberturas de los seguros patrimoniales
Dado que existen diferentes tipos de seguros de daños o patrimoniales, sus coberturas también son muy amplias. Las garantías contra robo, incendio, escape de agua y fenómenos atmosféricos son las más comunes, pero las pólizas destinadas a las empresas suelen cubrir un mayor rango de siniestros, como los actos vandálicos, la avería de maquinaria y equipos electrónicos, así como los daños a ciertas mercancías o incluso la reposición de documentos.
La garantía de lucro cesante destinada a proteger las pérdidas económicas en las que incurran los negocios cuando deben detener su actividad debido al siniestro es otra de las coberturas más interesantes de los seguros patrimoniales. En el mercado también existen diferentes pólizas específicamente diseñadas para cubrir las necesidades de determinados sectores. Tal es el caso de los agroseguros, destinados a las empresas que se dediquen a la agricultura, acuicultura, explotaciones forestales y granjas de animales, las pólizas para las flotas de vehículos o los seguros de transporte que cubren las mercancías en tránsito.
Cabe aclarar que, aunque los seguros de daños o patrimoniales suelen enfocarse en proteger los bienes físicos, también pueden cubrir capitales financieros ya que en realidad están pensados para garantizar los bienes y activos del tomador. Por tanto, dentro de los seguros patrimoniales también se encuentran los seguros de crédito dirigidos a cubrir los impagos a deudores del asegurado, así como las pólizas de caución, que indemnizan al asegurado cuando el tomador incumple sus obligaciones contractuales.
¿Cómo funcionan los seguros de daños o patrimoniales?
El seguro patrimonial ha sido diseñado para proteger los bienes de las personas o empresas, de manera que prevé una indemnización si se produce un siniestro que afecte el patrimonio del beneficiario.
No obstante, se guía por el principio indemnizatorio, lo cual significa que la indemnización no puede suponer el enriquecimiento del asegurado, de manera que se limita a cubrir las pérdidas concretas que ha sufrido su patrimonio como consecuencia del siniestro. Así el beneficiario no recibe una indemnización mayor que el valor de los daños sufridos.
Por ejemplo, si la propiedad del asegurado ha sufrido una afectación parcial, la indemnización cubrirá en proporción al deterioro registrado porque su objetivo es reponer el valor del activo. En cambio, si se produjo una pérdida total, la aseguradora puede cubrirla en su totalidad, según el límite establecido en el contrato de seguro.
El daño suele calcularse teniendo en cuenta el valor del bien en el momento en que se produjo el siniestro. Se trata, por ende, de un valor venal; o sea, el valor que tendría para su venta, según sus características, antigüedad y uso.
No obstante, como existen distintas modalidades de seguros patrimoniales, cuando se contrata un seguro a valor nuevo la aseguradora paga la diferencia existente entre el valor real de los bienes asegurados en el momento del siniestro y su valor en estado de nuevo.
En la modalidad de seguro a primer riesgo, por ejemplo, la aseguradora no aplica la regla proporcional, sino que paga el importe total de los daños, hasta donde llegue el capital garantizado en la póliza en caso de que se produzca un siniestro.
Por consiguiente, independientemente de la modalidad contratada, el seguro patrimonial es una fuente de tranquilidad. Si se considera que las comunidades de propietarios sufren como media un siniestro al año, las viviendas uno cada dos años y siete meses, los comercios cada tres años y la industria aproximadamente cada dos años y cuatro meses, se puede intuir que este tipo de seguro seguirá gozando de buena salud y aún tiene un buen margen de crecimiento.